$450,000 en un acuerdo por un choque por detrás causado por un conductor ebrio en Midland para una conductora detenida en un semáforo

Parachoques trasero del SUV blanco de nuestra clienta después de que un conductor ebrio lo chocara por detrás en Midland, con la cubierta del parachoques partida y hundida en el centro
El SUV de nuestra clienta después del choque, con la cubierta del parachoques trasero partida y daños debajo de la puerta trasera.

El conductor de una pickup aceleró y chocó contra la parte trasera del SUV de nuestra clienta mientras ella esperaba en un semáforo de Midland. El oficial que investigó informó que el conductor de la pickup estaba en estado de ebriedad y registró un resultado de alcohol de 0.184.

La abogada asociada sénior Laura Rivas representó a nuestra clienta, y el caso se resolvió en mediación por $450,000.

La reclamación por lesiones requería una explicación detallada. Ambos vehículos tenían daños visibles limitados, y el personal de urgencias de la mañana siguiente no registró ninguna lesión aparente, a pesar del dolor lumbar de nuestra clienta. Los registros posteriores documentaron hernias discales lumbares, tratamiento continuo y una recomendación de cirugía en dos niveles.

El monto bruto del acuerdo fue de $450,000. Los honorarios de los abogados, los gastos del caso y los montos adeudados por atención médica redujeron lo que recibió nuestra clienta.

Resumen del caso

DetalleEste caso
Monto bruto del acuerdo$450,000
ResoluciónAcuerdo alcanzado en mediación
Abogada a cargo del casoLaura Rivas
ChoqueUna pickup chocó contra la parte trasera del SUV detenido de nuestra clienta
Resultado de la prueba de alcoholEl informe del accidente registró 0.184 para el conductor de la pickup
UbicaciónEn la intersección de W. Thomason Drive y S. Midland Drive, Midland
Daños al vehículoÍndices de daño reportados de 1 para la pickup y de 2 para el SUV. Las bolsas de aire no se activaron
Afecciones incluidas en la reclamaciónHernias discales lumbares, una protrusión discal cervical, dolores de cabeza y síntomas de estrés postraumático
TratamientoAtención de emergencia, unas 30 visitas de atención quiropráctica, manejo del dolor, una inyección epidural lumbar, consultas de neurología y de columna
Recomendación quirúrgicaSe recomendó una microdiscectomía lumbar de dos niveles unos diez meses después del accidente
Estado de la cirugíaNo se documentó ninguna cirugía realizada en los expedientes revisados para este caso
Nuestro papelRepresentó a la conductora del SUV
Cómo ocurrió el accidente

Una pickup aceleró y chocó contra su SUV mientras ambos vehículos esperaban en un semáforo

Nuestra clienta estaba detenida hacia el oeste en W. Thomason Drive, en la intersección con S. Midland Drive, poco antes de las 10 de la noche. La calle estaba seca y la intersección estaba iluminada. Un niño iba sujeto en un asiento infantil en la parte trasera de su SUV.

Detrás de ella había una pickup detenida. El relato del oficial dice que la pickup “ACCELERATED AND STRUCK UNIT 2 IN THE REAR. UNIT 1 WAS INTOXICATED.”

El informe registró un resultado de alcohol de 0.184 para el conductor de la pickup. En él figuraba una empresa como propietaria de la pickup.

El oficial registró que todos estaban ilesos en el lugar. La pickup fue remolcada. El SUV de nuestra clienta no.

A la mañana siguiente, nuestra clienta buscó atención de emergencia por dolor lumbar.

Lee el informe censurado del accidente en Midland
La placa delantera de la pickup que chocó por detrás a nuestra clienta, desgarrada por la mitad donde golpeó su parachoques, con los caracteres de la placa cubiertos
Daños en la placa delantera de la pickup tras el choque por detrás.
Lo que dificultó la reclamación por lesiones

El informe del accidente no aclaró las dudas médicas

El informe respaldó nuestra versión de que el conductor de la pickup aceleró contra un vehículo detenido. Las cuestiones más complicadas se referían a la naturaleza, la causa y el alcance de las lesiones de nuestra clienta.

Era necesario analizar varias partes del expediente en conjunto:

  • Ambos vehículos recibieron índices de daño bajos y no se activaron las bolsas de aire.
  • A la mañana siguiente, el personal de urgencias documentó dolor lumbar, pero no encontró ninguna lesión aparente y no ordenó estudios de imagen de la columna.
  • Las tomografías (CT) tomadas nueve días después del accidente mostraron cambios degenerativos, sin ninguna anomalía aguda.
  • Tres informes de resonancia magnética lumbar describieron los hallazgos discales de manera distinta.
  • Más adelante, un cirujano recomendó una operación, pero en los expedientes revisados no se documentó que esa cirugía se haya realizado.
  • Los profesionales médicos llegaron a conclusiones distintas sobre si nuestra clienta tenía una afección relacionada con una conmoción cerebral.

Estos detalles formaban parte de la reclamación. No podían sustituirse por el resultado de la prueba de alcohol ni por el hecho de que la hubieran chocado por detrás.

Los expedientes y nuestro trabajo

1. El informe del accidente respaldó la reclamación contra el conductor de la pickup

Tres partes del informe respaldaban la versión de nuestra clienta:

  • El oficial describió cómo la pickup aceleró y chocó contra su SUV detenido.
  • El informe registró el resultado de la prueba de alcohol del conductor de la pickup.
  • Se asignaron factores contribuyentes al conductor de la pickup y ninguno a nuestra clienta.

El informe respaldó la reclamación de responsabilidad. No estableció la causa médica de cada síntoma posterior ni determinó el valor del caso.

El hecho de que el informe mencionara a una empresa como propietaria también era solo un dato del informe y no, por sí solo, una conclusión de que la empresa fuera legalmente responsable.

2. Organizamos los expedientes médicos desde la primera consulta hasta la consulta quirúrgica

El expediente médico contenía 294 páginas que abarcaban aproximadamente diez meses.

La cronología mostró por qué importaban tanto los primeros hallazgos de la sala de emergencias como la recomendación quirúrgica posterior.

Tiempo después del accidenteLo que documentaban los registrosPor qué fue importante
Día 1Dolor lumbar, hallazgos neurológicos normales y ningún estudio de imagen de la columna. El profesional no registró ninguna lesión aparente.Se documentó una molestia inicial, junto con hallazgos que no identificaron una lesión grave en esa consulta.
Día 9Las tomografías (CT) del cuello y la zona lumbar no mostraron ninguna anomalía aguda, pero sí mostraron cambios degenerativos.Se agregaron hallazgos que debían tenerse en cuenta junto con las resonancias magnéticas posteriores.
Día 27La resonancia magnética lumbar reportó una hernia de 5 mm entre L4 y L5 y otra de 7 mm entre L5 y S1, con estrechamiento del canal espinal.Se documentaron hallazgos discales lumbares, sin establecer de manera independiente cuándo ni cómo se produjeron.
Día 32 a aproximadamente el mes 6½Aproximadamente 30 visitas de atención quiropráctica.Se documentó el curso del tratamiento conservador.
Día 60La resonancia magnética cervical reportó una protrusión de 2 mm entre C5 y C6.Se agregaron estudios de imagen relacionados con las molestias en el cuello y el brazo.
Día 142Inyección epidural de esteroides lumbar. Más adelante, nuestra clienta reportó un alivio de aproximadamente 50% del dolor de espalda.Tratamiento documentado y una respuesta parcial.
Días 148 a 159Dos visitas de emergencia por un dolor de cabeza posicional después de la inyección, diagnosticado como una complicación posterior al procedimiento. Para el día 159 ya se había resuelto.Distinguió el dolor de cabeza relacionado con el tratamiento de otros dolores de cabeza que se reportaron.
Día 206Los registros de manejo del dolor describieron dolor de cuello de 8 sobre 10 y dolor lumbar de 7 sobre 10, con irradiación hacia el lado derecho. Después la derivaron a una consulta de columna.Se documentaron síntomas persistentes tras el tratamiento conservador.
Día 268La resonancia magnética lumbar describió una extrusión de 0.9 cm entre L5 y S1, un desgarro anular y contacto con ambas raíces nerviosas de S1. La resonancia magnética del cerebro fue normal.Se agregaron hallazgos de estudios de imagen posteriores, aunque quedaron dudas sobre el momento en que se produjeron y su relación causal.
Día 310Un cirujano de columna consideró que ella era candidata a una microdiscectomía del lado derecho entre L4 y L5 y entre L5 y S1, y emitió una orden quirúrgica.Se documentó una recomendación de tratamiento adicional, no una operación realizada.

3. Los hallazgos de la resonancia magnética necesitaban contexto, no una afirmación de progresión comprobada

Los informes de las resonancias magnéticas lumbares no describieron los hallazgos de forma idéntica.

En los tres estudios, el hallazgo discal del nivel más bajo se midió en 7 mm, luego en 5 mm y después se describió como una extrusión de 0.9 cm. Los informes también diferían en el lugar donde describían el estrechamiento, mientras que los síntomas reportados por nuestra clienta se mantuvieron principalmente del lado derecho.

Esas mediciones no deben presentarse como una simple progresión sin una opinión médica que las respalde.

El radiólogo del estudio posterior señaló que el desgarro anular podría reflejar una lesión aguda o subaguda. Esa redacción no establecía que el desgarro ocurriera en este accidente, en particular porque el estudio se hizo meses después.

Por eso, nuestro relato distingue entre lo que observó el radiólogo y lo que los registros podían establecer sobre la causalidad.

4. Otros registros también contenían diferencias

El expediente incluía inconsistencias más allá de las mediciones de la resonancia magnética:

  • Los registros de manejo del dolor y de columna indicaban que nuestra clienta no había regresado a su trabajo físicamente exigente. Los historiales neurológicos reportaban un regreso al trabajo sin restricciones.
  • Una nota de columna ubicaba la inyección unos dos meses antes, mientras que los registros de facturación la ubicaban cerca del quinto mes después del accidente.
  • El paquete de reclamación hacía referencia a una hospitalización, mientras que los expedientes revisados documentaban visitas de emergencia con alta el mismo día.

Estas diferencias limitan lo que se puede afirmar con seguridad. Este relato no afirma que haya un período confirmado de trabajo perdido ni una hospitalización con base en esas anotaciones.

5. Los profesionales de la salud llegaron a conclusiones distintas sobre los síntomas en la cabeza

Alrededor del noveno mes, la clínica de columna registró que la mandíbula de nuestra clienta había golpeado el volante y diagnosticó síndrome posconmocional.

Unas dos semanas después, un neurólogo que la evaluó por video informó que no había evidencia clínica de una lesión cerebral traumática leve. Esa nota también registró diagnósticos que incluían traumatismo craneal cerrado, latigazo cervical, un patrón de migraña crónica y síntomas agudos de estrés postraumático, incluida la ansiedad al conducir.

Su resonancia magnética cerebral fue normal.

Por lo tanto, los expedientes contenían evaluaciones clínicas distintas. No las hemos unido para formar un diagnóstico definitivo de lesión cerebral que el neurólogo no emitió.

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El acuerdo en mediación

Laura Rivas representó a nuestra clienta en un acuerdo de $450,000

ResoluciónMonto
Acuerdo alcanzado en mediación$450,000 brutos

Laura representó a nuestra clienta en la mediación, en la que las partes acordaron resolver el caso por $450,000.

El acuerdo fue un convenio entre las partes, no una decisión de un juez o de un jurado sobre la culpa, la causalidad médica o los daños.

El caso incluyó el informe del accidente, estudios de imagen de seguimiento, el historial de tratamiento y la recomendación quirúrgica. No atribuimos el acuerdo a ningún registro, argumento ni acción de un abogado en particular.

En los expedientes revisados para este caso no se documentó que la cirugía recomendada se hubiera realizado. El acuerdo no debe describirse como una compensación por una operación ya realizada.

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Lo que este resultado no demuestra

Un acuerdo no es una resolución judicial

Ningún juez ni jurado determinó qué lesiones causó el accidente ni cuánto valían las pérdidas de nuestra clienta. Los $450,000 fueron la cantidad acordada en la mediación.

Otros límites también importan:

  • El resultado de la prueba de alcohol y la declaración del oficial sobre el estado de ebriedad provienen del informe del accidente. Esta página no reporta una condena penal.
  • La anotación del informe sobre la propiedad de la empresa no establece la responsabilidad del empleador ni de la empresa.
  • Una recomendación quirúrgica no equivale a una cirugía realizada.
  • Las mediciones de la resonancia magnética, por sí solas, no demuestran que una lesión haya empeorado con el tiempo.
  • Los expedientes contenían versiones distintas sobre la situación laboral y los diagnósticos de lesiones en la cabeza.
  • El acuerdo fue un monto bruto, antes de los honorarios de los abogados, los gastos del caso y los pagos médicos.
  • Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.
Fuentes y revisión por parte de un abogado

De dónde provienen los hechos

FuenteQué respalda
Informe policial censurado del accidente en MidlandEl relato del oficial, el resultado de alcohol registrado, los factores contribuyentes, la anotación sobre el propietario del vehículo, los índices de daño, las anotaciones de lesiones en el lugar y el remolque
Expedientes médicos de la clienta, 294 páginas, no publicadosAtención de emergencia, informes de estudios de imagen, tratamiento, diagnósticos, historiales distintos y la recomendación quirúrgica
Expediente del caso de la firma, no publicadoEl manejo del caso por parte de Laura Rivas y el acuerdo de $450,000 alcanzado en mediación

El informe del accidente no verifica el tratamiento médico ni el acuerdo. Esas partes de este relato las reporta la firma a partir de los expedientes médicos y del expediente del caso.

Laura Rivas, abogada asociada sénior de J. Alexander Law Firm

Caso a cargo de: Laura Rivas, abogada asociada sénior

Josh Alexander, fundador y abogado director de J. Alexander Law Firm

Revisado por: Josh Alexander, fundador y abogado director

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